Valoración de Dependencia

Es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

El sistema de atención a la dependencia regula el procedimiento, para el reconocimiento de la situación de la dependencia, para las personas que así lo soliciten, así como el reconocimiento del derecho a las prestaciones del sistema.

Corresponde a los Servicios Sociales de Base tramitar las solicitudes de valoración de la dependencia de aquellas personas que estén empadronadas en el municipio.

El reconocimiento del grado de la dependencia es el requisito previo necesario para poder acceder a servicios y prestaciones del sistema.

Documentación

Normativa vigente

LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. LEY 39-2006 sobre AUTONOMIA y DEPENDENCIA.pdf

Documentos adjuntos