Diputación saca el programa “Más Vivienda” para la ayuda al alquiler y accesibilidad en municipios con menos de 10.000 habitantes
La convocatoria contempla tres líneas de ayudas:
Línea 1: Ayuda al alquiler, para financiar al arrendatario el pago de alquiler de viviendas ubicadas en municipios menores de 10.000 habitantes. En este caso, el solicitante deberá tener contrato de trabajo o ejercer una actividad económica profesional, si no lo tiene, deberá acreditar el cobro de algún tipo de pensión contributiva.
La subvención será del 80% de la renta del alquiler mensual, hasta un máximo de 6.000 euros prorrateado durante la vigencia del contrato de arrendamiento, con un periodo máximo subvencionable de 24 meses, con límite mensual del importe del alquiler de 600 euros o la referencia que marque el Sistema Estatal de Referencia del Premio de Alquiler de la Vivienda.
Línea 2: Ayudas para la rehabilitación y reformas de viviendas, así como para la compra de mobiliario básico para la vivienda, cuyo fin sea su alquiler como vivienda habitual.
En esta línea, las actuaciones subvencionables serán de mejora de eficiencia energética, reparación o conservación de cubiertas y fachadas, consolidaciones estructurales, actuaciones en interior para su conservación -reformas de albañilería, carpintería interior, fontanería, pintura…-, dotación de mobiliario básico para la puesta en alquiler de la vivienda o el coste del seguro suscrito por los propietarios para las viviendas alquiladas, en la que se incluya la garantía de pago de la renta y los daños sufridos durante el alquiler.
Además, la vivienda deberá estar incluida en el Banco de Alquiler de vivienda gestionado por la Diputación de Cáceres.
La subvención será hasta el 80% del coste de la obra, con un límite de 15.000 euros.
Línea 3: Ayudas para la mejora de la accesibilidad de la vivienda para suprimir barreras arquitectónicas, en viviendas de tipología unifamiliar aislada o agrupadas en en fila, que no se encuentren en régimen de comunidad. La persona solicitante o algún miembro de la unidad familiar deberá acreditar una discapacidad igual o superior al 33%, grado de dependencia o certificado de movilidad reducida. Una subvención de hasta 15.000 euros.
Las bases, se pueden consultar en el BOP número 0024, del jueves, 5 de febrero de 2026.