Publicado: Lunes, 01 Junio 2026 Escrito por Super User

Publicada la Orden de 26 de mayo de 2026 de la Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, en la que se establece la Época de Peligro Alto de Incendios forestales del Plan INFOEX, periodo comprendido desde el 1 de Junio al 15 de Octubre de 2026.

Por todo ello, se hace llegar la obligación de cumplir con las medidas establecidas en dicha Orden, recordando las siguientes prohibiciones y limitaciones:

  1. Queda prohibido encender fuego fuera de los supuestos expresamente previstos o autorizados con arreglo a la normativa de incendios forestales, así como arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio forestal.
  2. Durante la Época de Peligro Alto en espacios abiertos o semiabiertos, en campo o en zona de influencia forestal no se podrán encender hogueras, barbacoas o similares con emisión de humo y pavesas.
  3. Los titulares de lugares especialmente habilitados para hogueras y barbacoas en zonas recreativas o de acampada y otras, deberán señalizar su prohibición, inhabilitarlas o precintarlas.
  4. Los fumadores que transiten por terrenos forestales deberán apagar los fósforos y puntas de cigarrillos antes de desecharlos, quedando prohibido arrojar unos y otros desde los vehículos.

Así como llevar a cabo el cumplimiento de lo establecido en dicha Orden.

Descargar Bando Municipal de 1 de junio de 2026

Descargar Orden de 26 de mayo de 2026

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